Se acabó la «barra libre» para la banca.

El Tribunal de la UE cierra a la banca su ‘barra libre’ para ejecutar a los hipotecados en caso de impago de cuotas

El banco sólo conseguirá el vencimiento anticipado de una hipoteca en los casos graves y siempre que el consumidor pueda reaccionar y no haya pagado los plazos pendientes. La sentencia abre la puerta a que los jueces valoren si los intereses ordinarios de un crédito son abusivos o no cuando son calculados fuera de lo habitual, como el ‘año comercial’

MADRID.- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia que cierra la barra libre que ha tenido la banca para ejecutar la totalidad de un crédito hipotecario en caso de impago de cuotas. En su lugar, exige que este incumplimiento sea grave y siempre que el consumidor pueda reaccionar y pagar los plazos pendientes y no lo haga.

La sentencia es muy técnica, pero supone en la práctica que si un juez español aprecia que no se cumplen esas dos condiciones, tendrá que declarar nula la cláusula de vencimiento anticipado y sobreseer la ejecución hipotecaria instada por el banco.

La entidad ya no podrá recurrir a este sistema privilegiado de reclamación porque la ejecución hipotecaria se habrá cerrado, En su lugar, el banco puede acudir por la vía civil para exigir al consumidor las cuotas pendientes pero nunca la devolución completa del crédito: la cláusula es nula. […] Enlace a la noticia.

 

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